Desarrollo Urbano
La Dirección de Desarrollo Urbano, está facultada para Promover, regular y garantizar el Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y el Desarrollo Urbano Sustentable de los centros de población urbana y rural, así como controlar y vigilar la utilización del uso de suelo, determinar el tipo de construcciones en el ámbito y competencia Municipal. Promover, instrumentar y vigilar el cumplimiento de las Leyes y sus reglamentos aplicables en materia.
Trámites:
Constancia expedida por la Direccion de Desarrollo Urbano que emite las normas en cuanto a la traza urbana que limitan los predios o inmuebles respecto a la via publica, indicando restricciones o afectaciones urbanas, establecidas en la normatividad contenida en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Tehuacan.
Es el documento expedido por la Direccion de Desarrollo Urbano que emite una opinion tecnica para determinar si es factible o no, determinado establecimiento, de acuerdo a las normas de uso de suelo y ocupacion del suelo de los predios o inmuebles y en el que se establece la normatividad contenida en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable del Municipio de Tehuacan vigente, de acuerdo con el lugar de la ubicacion del predio.
Es el documento expedido por la Direccion de Desarrollo Urbano que emite las normas de uso de suelo y ocupacion del suelo de los predios o inmuebles y en el que se establece la normatividad contenida en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano del municipio de Tehuacan vigente de acuerdo con el lugar de la ubicacion del predio.
Es el documento expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano, donde no se requiere una licencia de construcción, sino solamente se otorgara un permiso a las construcciones menores de 50 m2, en planta baja o en terreno baldío, bardas de predios, construcciones provisionales, resanes y aplanados exteriores, pintura y revestimiento en interior y construcción de cisternas.
Es el documento oficial el cual previo pago de derechos autoriza las construcciones menores de 50 m2, bardas de los predios y construcciones provisionales, resanes y aplanados exteriores, pintura y revestimientos exteriores e interiores, construcción de cisternas y reparación de albañales y colocación de madrinas en techos, salvo en los techos de concreto.
Constancia que se otorga a las personas físicas o profesionales en el ramo de la construcción, que de acuerdo a la Ley y el Reglamento de Construcciones, están facultados para otorgar al propietario y a las autoridades correspondientes la responsabilidad profesional de cada una de las etapas de un proyecto, diseño arquitectónico, diseño estructural o de construcción de toda clase de obra.
Es el documento expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano para el otorgamiento de segregación y/o fusión en terrenos que limitan a un predio con la vía pública para que por medio de este documento se pueda desprender del inmueble total con la cual se podrá escriturar a favor del interesado la fracción o la superficie de fusión que le corresponda.
Constancia expedida por la Dirección de Desarrollo Urbano en la que se da la terminación y ocupación de las obras ejecutadas con una previa aprobación de licencia de construcción. Los propietarios y peritos directores de obra conjuntamente, están obligados a dar aviso a la Dirección en un plazo no mayor a 15 días contados a partir de la conclusión de las mismas, utilizando para su caso la fecha de la licencia respectiva.