Solicitud de Acceso a la Información Pública
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
TransparenciaHomoclave
CM-MRSA-UTRANSPARENCIA-2026-002Nombre del tramite o servicio
Solicitud de Acceso a la Información PúblicaVigencia
No aplicaCaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
La solicitud de acceso a la información Pública podrá ser realizada por cualquier ciudadano sin necesidad de acreditar interés alguno.Descripción
Toda la información generada, adquirida, obtenida, transformada o en posesión de los sujetos obligados se considera información pública, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley de transparencia y acceso a la información pública del Estado de Puebla y demás aplicables.Trámite (Procedimiento)
1. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.2. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.
3. Las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada.
Requisitos
Para presentar una solicitud no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes:I. Medio para recibir notificaciones;
II. La descripción de la información solicitada;
III. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización;
IV. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de
copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos, y
V. Opcionalmente el nombre de la persona solicitante.
En su caso, la persona solicitante señalará el formato accesible o la lengua indígena en la que se requiera la
información de acuerdo a lo señalado en la presente Ley.
Criterios de resolución
La respuesta a la solicitud deberá ser notificada a la persona interesada en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla.Excepcionalmente, el plazo referido en el párrafo anterior podrá ampliarse hasta por diez días hábiles más, siempre y cuando se justifiquen de manera fundada y motivada las razones ante el Comité de Transparencia, y este emita la resolución respectiva, la cual deberá notificarse a la persona solicitante antes de su vencimiento.
Plazos de prevención
Cuando los detalles proporcionados en la solicitud de acceso a información resulten insuficientes, incompletos, imprecisos o sean erróneos, para localizar la información solicitada, la Unidad de Transparencia podrá requerir a la persona solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud.
El solicitante contará con un término de hasta diez días hábiles, para indicar otros elementos o corrija los datos proporcionados, o bien precise uno o varios requerimientos de información.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
No aplicaComentarios u observaciones
El requerimiento preventivo interrumpirá el plazo de respuesta a la solicitud establecido en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día hábil siguiente del desahogo por parte del particular. En este caso, el sujeto obligado atenderá la solicitud en los términos en que fue desahogado el requerimiento de información adicional. La solicitud se tendrá por no presentada cuando las personas solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitudpor lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento.
Costos
El ejercicio del derecho de acceso a la información pública es GRATUITO y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de reproducción y entrega solicitada.Formas de pago
En caso de que se genere algún cobro, el pago podrá realizarse mediante:Efectivo, transferencia electrónica y tarjetas bancarias
Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
20 días hábilesLugar(es) donde se puede realizar el pago
En caso de que se genere algún cobro, el pago podrá realizarse en:1.- Cajas de la Dirección de Ingresos ubicadas en el Palacio Municipal: Calle Rayón número 7, Colonia Centro del Municipio de Tehuacán, Puebla.
2.- Cajas de la Dirección de Ingresos ubicadas en el Edificio Morelos: Avenida Reforma Norte número 614, Colonia Buenos Aires del Municipio de Tehuacán, Puebla.
Horarios de atención
De lunes a viernes de 08:00 a 16:00 en la Oficina de la Unidad de TransparenciaFundamento jurídico |
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| Artículos 123, 124, 125, 126 y 127 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículos 126, 127, 128, 129 y 130 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx
Lugar donde se puede realizar el trámite o servicio
Unidad de Transparencia ubicada en el Edificio José María Morelos y Pavón, avenida Reforma Norte 614, Colonia Buenos Aires, CP. 75732, Tehuacán, Puebla.Titular: Lic. Yessica Valderrama Cernas / Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública