REGISTRO DE DEFUNCION
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
Registro CivilHomoclave
HAMTP-CM-MRSA-REGISTROCIVIL-2026-019Nombre del tramite o servicio
REGISTRO DE DEFUNCIONVigencia
No aplicaCaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
El registro de defunción se realiza de manera obligatoria para obtener el acta de defunción, un documento legal indispensable que certifica oficialmente el fallecimiento de una persona.Descripción
Declarar el fallecimiento de una persona con la finalidad de extinguir sus derechos y obligaciones.Trámite (Procedimiento)
* Acude la parte interesada con los requisitos necesarios, entre ellos el Certificado de defunción en original de la persona finada.* Si el contenido del certificado de defunción es correcto se procede a la captura la información en el Sistema Nacional de Identidad SID.
* Se imprime vista previa para que los datos del acta de defunción con los familiares o gestor funerario, antes de la impresión en el formato oficial.
* Se imprime el acta de defunción en los formatos autorizados y la orden de inhumación, cremación o traslado según el destino solicitado para el cuerpo del finado.
* Se plasma el sello del registro civil en el acta.
* Se entrega el acta de defunción y sus órdenes de inhumación, cremación y/o traslados según sea el caso.
Requisitos
1. Certificado médico de defunción no mayor a 48 horas.2. Acta de nacimiento, INE y CURP del finado.
3. Acta de matrimonio del finado en caso de haber estado casado.
4. INE y CURP del declarante.
5. INE y CURP de dos testigos.
Criterios de resolución
El Registro civil exige principalmente el certificado médico de defunción y la comparecencia de un declarante con dos testigos para realizar el registro de defunción.Plazos de prevención
No se cuenta con plazo de prevención al ciudadano, ya que el tramite no ingresa hasta no cumplir los requisitos.
No aplica al no existir plazo de prevención.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
No aplicaComentarios u observaciones
No aplica información adicional a los requisitos ya establecidos.Costos
Tramite gratuitoFormas de pago
No aplicaPlazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
1 día hábilLugar(es) donde se puede realizar el pago
Caja de Ingresos ubicada en la Dirección de Registro CivilHorarios de atención
De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.Fundamento jurídico |
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| Artículos: 912, 913, 915, 918 y 919 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla; articulo 348 de la Ley General de Salud. Articulo 29 fracción IV inciso A de la Ley de Ingresos 2026 para el Estado de Puebla. |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx
Lugar donde se puede realizar el trámite o servicio
Oficinas del Registro Civil de Tehuacán, Puebla (juzgado 156-02)ubicadas en el Edificio Morelos, en Avenida Reforma Norte numero 614
C.P. 75730, Tehuacán, Puebla.