REGISTRO DE PRESENTACION MATRIMONIAL
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
Registro CivilHomoclave
CM-MRSA-REGISTROCIVIL-2026-014Documento a obtener
REGISTRO DE PRESENTACION MATRIMONIALVigencia
VitaliciaCaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Se realiza de forma obligatoria cuando dos personas desean contraer matrimonio civil.Descripción
El acta de presentación matrimonial se realiza con la finalidad de publicar la solicitud de las personas pretendientes para contraer matrimonio.Servicio (Procedimiento)
Los contrayente deben acudir al registro civil con todos los requisitos solicitados y posteriormente hacer el pago de derechos.Requisitos
1. Copia simple de las actas de nacimiento de los pretendientes con vigencia no mayor a 6 meses.2. Copia simple de ambos lados de identificación oficial vigente de ambos pretendientes.
3. CURP actualizada.
4. Análisis prenupciales certificados por un médico general no mayor a 10 días naturales.
5. CURP e identificación oficial vigente de cuatro testigos (copias).
6. Acta de divorcio o acta de matrimonio actualizada con anotación de divorcio. (Sólo en el caso de que uno o ambos
pretendientes sean divorciados).
7. Certificado de no deudores alimentarios (ambos pretendientes).
Criterios de resolución
No aplicaPlazos de prevención
No se cuenta con plazo de prevención al ciudadano, ya que el tramite no ingresa hasta no cumplir los requisitos.
No aplica al no existir plazo de prevención.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
N/AComentarios u observaciones
No aplica información adicional a los requisitos ya establecidos.Costos
$510.00 (Quinientos diez pesos 00/100 m. n.)Formas de pago
Efectivo y/o tarjetaPlazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
1 día hábilLugar(es) donde se puede realizar el pago
Caja de Ingresos ubicado en la Dirección de Registro CivilHorarios de atención
08:00 A.M. a 15:00 P.M.Fundamento jurídico |
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| La presentación matrimonial se realiza con la finalidad de publicar la solicitud de las personas pretendientes para contraer matrimonio. El Consentimiento para el Matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios. Art. 300 y 887 y 888 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla. |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
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