PRESUNCIÓN DE MUERTE
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
Registro CivilHomoclave
HAMTP-CM-MRSA-REGISTROCIVIL-2026-005Nombre del tramite o servicio
PRESUNCIÓN DE MUERTEVigencia
No aplicaCaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Caso ordinario (ausencia prolongada), caso extraordinario por siniestro o catástrofe, y por acciones de guerra o conflictos armados.Descripción
Es el procedimiento legal, realizado ante un Juez Civil, que declara fallecida a una persona ausente tras un tiempo prolongado sin noticias o tras un siniestro, aunque no haya cuerpo. Permite disolver el matrimonio, abrir sucesiones (herencias) y tramitar pensiones de sobrevivientes.Trámite (Procedimiento)
* El usuario acude al registro civil con la sentencia de presunción de muerte emitida por un juez para levantar el acta de defunción, así como la documentación requerida.* Personal del Registro Civil revisa la documentación, si dicha documentación se encuentra correcta.
* Se envía al usuario a realizar el pago.
* Se procede a la captura de datos en el sistema
* Se imprime acta y se pasa para firma de usuarios.
Requisitos
1. Sentencia o resolución emitida por autoridad judicial competente.2. Oficio dirigido para el Juzgado de Tehuacán, en donde se ordene dicho acto.
3. INE del promovente original y copia.
4. INE y CURP de dos testigos original y copia.
Criterios de resolución
El Registro civil no decide de forma autónoma este tramite; actúa estrictamente de forma administrativa y requiere obligatoriamente una sentencia ejecutoria dictada por un Juez de lo FamiliarPlazos de prevención
No se cuenta con plazo de prevención al ciudadano, ya que el tramite no ingresa hasta no cumplir los requisitos.
No aplica al no existir plazo de prevención.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
No aplicaComentarios u observaciones
El tramite requiere requiere obligatoriamente una sentencia ejecutoria dictada por un Juez.Costos
$925.00 (Novecientos veinticinco pesos 00/100 m. n.)Formas de pago
Efectivo y/o tarjetaPlazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
1 día hábilLugar(es) donde se puede realizar el pago
Caja de Ingresos ubicada en la Dirección de Registro Civil.Horarios de atención
De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horasFundamento jurídico |
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| Articulo 29 fracción V inciso H de la Ley de Ingresos 2026 para el Estado de Puebla. Articulo 150 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla. |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx
Lugar donde se puede realizar el trámite o servicio
Oficinas del Registro Civil de Tehuacán, Puebla (juzgado 156-02)ubicadas en el Edificio Morelos, en Avenida Reforma Norte numero 614
C.P. 75730, Tehuacán, Puebla.