Documento
Acta de presunción de muerte.
Descripción
La presunción de muerte, se conceptualiza como aquella situación que permite al juzgador deducir que a partir de la declaración de ausencia y en virtud del cumplimiento del término establecido por la Ley, se puede considerar que al sujeto le ha sobrevenido la muerte, es por esto que se realiza la inscripción de esta, para que surta los efectos jurídicos correspondientes.
Vigencia
N/A
Homoclave
CM-MRSA-RCIVIL-2025-019
Casos en que debe de realizarse
Registro de una persona desaparecida que después de haber realizado los trámites correspondientes ante las autoridades competentes se declara su muerte y es necesaria la inscripción de esta.
Procedimiento
1.- El ciudadano presentara su sentencia en original y copia en el Registro Civil. 2.- Se realizara la validación con su respectivo acuse en el Registro Civil del Estado de Puebla. 3.- Se compra el formato en Registro Civil del Estado. 4.- Se valida con el contribuyente. 5.- Se le entrega el acta requerida al interesado.
Requisitos
-Sentencia de muerte. Sentencia dictada por un juez donde se declara la presunción de muerte de una persona ausente.
-Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente). INE del Promoviente original y copia por ambos lados.
-INE original y copia de Dos testigos. Copia Simple del ausente.
Criterios de resolución
El trámite se llevara a cabo bajo mandato judicial.
¿Requiere inspección?
No
Plazo con el que cuenta el Sujeto Obligado para prevenir al solicitante
Inmediato.
Plazo para que el interesado cumpla con la prevención
En cualquier momento.
Comentarios u observaciones
La inscripción de la presunción de muerte se llevara a cabo solamente por mandato judicial.
Costos
$ 925.00 (Novecientos veinticinco pesos 00/ }M.N.).
Formas de pago
Efectivco.
Lugar(es) donde se puede realizar el pago
Ventanilla de Registro Civil.
Tiempo de respuesta
3 días hábiles
Horario de Atención
Horario Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas
Fundamento jurídico
Artículo 8° De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 150 a 159 y 927Código Civil para el Estado Libre Y Soberano de Puebla
Artículo 2 fracción II. PUNTO 5 Y FRACCION VI. de la Ley de Ingresos del Municipio de Tehuacán, para el ejercicio Fiscal 2026
ARTICULO 29 FRACCION V INCISO “H” LIEP 2026
Afirmativa ficta
No
Anomalías o quejas
Dirección: Edificio José María Morelos y Pavón, Avenida Reforma Norte #614, Colonia Buenos Aires, Tehuacán, Puebla, C.P. 75730.
Teléfono: 238 371 8886
Correos: contraloria@tehuacan.gob.mx coord.investigadora1@tehuacan.gob.mx
Archivos anexos
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Avenida Reforma Norte 614, Colonia Buenos Aires Tehuacán, Puebla
Correo
registrocivil@tehuacan.gob.mx
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