Documento
Reconocimiento de hijos.
Descripción
Hacer constar la voluntad espontánea y expresa de uno o ambos progenitores para considerar como hijo al habido dentro de su relación. El acta de reconocimiento de hijos es complementaria al acta de nacimiento y procede su elaboración cuando ambos padres o uno de ellos no compareció al momento de registro de acta de nacimiento.
Vigencia
N/A
Homoclave
CM-MRSA-RCIVIL-2025-012
Casos en que debe de realizarse
Cuando ambos padres o alguno de ellos no compareció al momento del registro del acta de nacimiento.
Procedimiento
1.- La madre o padre acudirá a registro civil de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas para realizar el reconocimiento de hijos. 2.- Personal de registro civil validará la información del contenido de los documentos 3.- De no existir errores, omisiones en los documentos se procederá a para reconocer al menor. 4.-El día del registro acudirá mamá, papá, el menor y 2 testigos. 5.- Personal de registro civil capturará en el sistema SID el acta de nacimiento conforme a los datos que se encuentran asentados en los documentos validados. 6.- Se dará lectura del contenido del acta a los padres del menor, de no existir errores en el sistema se procederá a firmar el acta correspondiente, con la finalidad de entregar el acta al interesado.
Requisitos
1.- Copia fiel del libro certificado del acta de nacimiento del reconocido (no mayor a seis meses).
2.- Copia fiel del libro certificado del reconocedor (no mayor a seis meses).
3.- CURP actualizada e INE vigente del reconocedor
4.- Identificación oficial vigente de quien otorga el reconocimiento
5.- Copia de identificación oficial de dos testigos.
6.- En caso de ser mandato judicial presentar la constancia que declare ejecutoriada la sentencia.
Criterios de resolución
Presentar todos los documentos en orden y no mayor a 6 meses de su expedición.
¿Requiere inspección?
No
Plazo con el que cuenta el Sujeto Obligado para prevenir al solicitante
Inmediato
Plazo para que el interesado cumpla con la prevención
En cualquier momento
Comentarios u observaciones
1.- Presentar todos los requisitos no mayor ha 6 meses de expedición.
2.- El acta primigenia del reconocido debe estar registrada en el Juzgado 156-02.
Costos
GRATUITA LA FORMA VALORADA DE RECONOCIMIENTO
$160.00 (ciento sesenta 00/100 M.N.) ANOTACION MARGINAL AL LIBRO DE NACIMIENTO
Formas de pago
Efectivo
Lugar(es) donde se puede realizar el pago
Ventanilla de Registro Civil.
Tiempo de respuesta
1 dia habil
Horario de Atención
Horario Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas
Fundamento jurídico
Artículo 8° De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 522-577. Código Civil para el Estado Libre Y Soberano de Puebla
ARTICULO 29 FRACCION I, INCISO “C” LIEP 2026
Artículo 2 fracción II. PUNTO 5 Y FRACCION VI. de la Ley de Ingresos del Municipio de Tehuacán, para el ejercicio Fiscal 2026
Afirmativa ficta
No
Anomalías o quejas
Dirección: Edificio José María Morelos y Pavón, Avenida Reforma Norte #614, Colonia Buenos Aires, Tehuacán, Puebla, C.P. 75730.
Teléfono: 238 371 8886
Correos: contraloria@tehuacan.gob.mx coord.investigadora1@tehuacan.gob.mx
Archivos anexos
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Avenida Reforma Norte 614, Colonia Buenos Aires Tehuacán, Puebla
Correo
registrocivil@tehuacan.gob.mx
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