Anotación marginal al libro de registro.
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
Registro CivilHomoclave
CM-MRSA-RCIVIL-2025-005Documento a obtener
Anotación marginal al libro de registro.Vigencia
N/ACaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Cuando el usuario lleve a cabo una rectificación administrativa o judicial. Nulidad de acta o anotación de divorcioDescripción
Modificar el acta para adecuarla a la realidad social, asentado en el libro de origen de registro los datos correctos y completos después de realizar la rectificación Judicial O Administrativa correspondiente.Trámite (Procedimiento)
1.- Presentar la copia certificada de la resolución administrativa o sentencia judicial en el Registro Civil.2.- Personal de registro civil validará el contenido de la sentencia.
3.- Se realiza la anotación marginal.
4.- Se valida el contenido de la anotación marginal.
5.- Se pasa a firma con el juez de registro civil del juzgado 156-02.
Requisitos
-Copia de la Resolución administrativa o Sentencia Judicial. Para asentar la rectificación de datos de las actas registradas en los libros del acervo.Criterios de resolución
La resolución debe de venir debidamente redactada y dirigida al juzgado 156-02.Plazos de prevención
Inmediato.
En cualquier momento.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
N/AComentarios u observaciones
La sentencia debe ir dirigida al juzgado 156-02.Costos
$ 160.00 (Ciento sesenta pesos 00/100 M.N.)Formas de pago
Efectivo.Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
3 días hábiles.Lugar(es) donde se puede realizar el pago
Ventanilla de Registro Civil.Horarios de atención
Horario Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horasFundamento jurídico |
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| Artículo 8° De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 29 Ley de Ingresos del Estado de Puebla 2025 fracción V inciso e) Artículo 2 fracción VI. de la Ley de Ingresos del Municipio de Tehuacán, para el ejercicio Fiscal 2025 Artículo 15 y 27 Fracción XXXII y VIII. Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
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