Recurso de Inconformidad.
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
SindicaturaHomoclave
SM-2023-10570-004-BDocumento a obtener
Recurso de Inconformidad.Vigencia
N/ACaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Es la solución de conflictos de los ciudadanos contra actos de autoridades administrativas del ayuntamiento según sea el caso.Descripción
Recurso de Inconformidad es el medio de impugnación que tienen los ciudadanos en contra de los actos de autoridades administrativas conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla vigente.Trámite (Procedimiento)
1.- Presentar escrito libre conforme a lo establecido en el articulo 255 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla.2.- Deberá señalar en el escrito la resolución o acto que le aqueja así como que autoridad esta causando el perjuicio.
3.- Expresar los agravios y ofrecer las pruebas que estime pertinentes relacionando con los hechos que menciona y dicho escrito debe contener la firma autógrafa del recurrente.
4.- Una vez recepcionado el escrito la Sindicatura Municipal realizara el análisis el mismo y acordar lo procedente iniciando el tramite asignado numero de expediente y en su caso si se requiere apercibir al recurrente.
5.- Una vez admitido a tramite la Sindicatura fijara fecha de audiencia donde se podrán admitir, las pruebas y alegatos de las partes, y se turnara para Resolución.
6.- Resolución la Sindicatura Municipal tendrá 15 días para emitir la resolución correspondiente.
Requisitos
-Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente).Documento para acreditar su personalidad jurídica.-El documento en el que conste el acto o resolución recurrida. Aquel documento que origine la inconformidad del recurrente.
-La constancia de notificación del acto impugnado, o la manifestación bajo protesta de decir verdad de la fecha en que tuvo conocimiento de la resolución. Es el documento con el que se le notifica el acto o en su caso el documento mismo con la fecha de recibido.
-Las pruebas que se ofrezcan. Todos aquellos razonamientos, argumentos, instrumentos u otro medios con que se pretende mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo.
-Copias para correr traslado, en caso de existir tercero perjudicado. De todo lo presentado tanto como del escrito del recurso de inconformidad, así como de las pruebas anexas.
Criterios de resolución
Que exista realmente una acción u omisión a las leyes, ordenamientos en el actuar del Servidor Publico que afecte al ciudadano.Plazos de prevención
5 días hábiles.
5 días hábiles.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
No aplica.Comentarios u observaciones
El ciudadano deberá de tomar en cuenta todos los requisitos previstos en los artículos 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, y 275 Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla vigente. Así como el Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla vigente.Costos
GratuitoFormas de pago
No aplica.Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
15 días hábiles.Lugar(es) donde se puede realizar el pago
No aplica.Horarios de atención
Lunes a Viernes de 8:00 A.M. A 16:00 P.M.Fundamento jurídico |
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El Recurso de Inconformidad se fundamenta bajo los siguientes artículos 252, 253,254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274 y 275 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, vigente. |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx