Procedimiento de Arbitraje
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
SindicaturaHomoclave
SM-2023-10570-002-ADocumento a obtener
Procedimiento de ArbitrajeVigencia
N/ACaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Cuando existan problemas entre los condóminos que afecten la vida en armonía dentro del condominio.Descripción
El arbitraje tendrá como característica ser un procedimiento para la resolución de controversias entre condominios que buscará proporcionar a las partes la mayor equidad posible y se regirá por los principios de legalidad, sencillez, celeridad, oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe, se iniciará siempre a petición de parte.
Trámite (Procedimiento)
1.- Presentarse a solicitar informes.2.- Presentar el escrito de forma libre detallando los problemas de los condóminos, acta de asamblea y anexar pruebas.
Requisitos
-Escrito Libre (de solicitud o petición). Escrito que bajo protesta de decir verdad manifieste la intención de solicitar el apoyo para lograr una conciliatorio con la persona con la que esta teniendo el conflicto, señalando el nombre y domicilio de la persona del conflicto.-Acta de asamblea de vecinos del condominio. Documento Libre que sea tomado en asamblea vecinal de los condóminos donde se someten al procedimiento arbitral y aceptar el laudo arbitral.
-Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente).Documento oficial con el que se identifique puede ser INE, Pasaporte, Cédula Profesional o incluso licencia de manejo vigentes.
-Pruebas pueden ser fotografías, planos o todo aquel documento con el que acredite la solicitud de Conciliación.
Criterios de resolución
Es necesario que se compruebe la problemática del condómino con las documentales para probar la misma.Plazos de prevención
15 días hábiles.
3 días hábiles.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
No aplica.Comentarios u observaciones
Es necesario que para poder iniciar el procedimiento de arbitraje los condóminos o residentes de los condominios o los administradores en términos de la Ley, deberán presentar ante la Sindicatura Municipal, copia del acta de asamblea en la que se toma tal acuerdo para someterse al arbitraje, junto con el escrito libre sobre la problemática que les aqueja o pretenden resolver.Costos
GratuitoFormas de pago
No aplica.Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
15 días hábiles.Lugar(es) donde se puede realizar el pago
No aplica.Horarios de atención
Lunes a Viernes de 8:00 A.M. A 16:00 P.M.Fundamento jurídico |
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El Procedimiento de Arbitraje se fundamenta en los siguientes artículos 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59 y 60 de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla vigente. |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx