Acta de presunción de muerte.
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
Registro CivilHomoclave
DRC-2023-10501-018-ADocumento a obtener
Acta de presunción de muerte.Vigencia
N/ACaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Registro de una persona desaparecida que después de haber realizado los trámites correspondientes ante las autoridades competentes se declara su muerte y es necesaria la inscripción de esta.Descripción
La presunción de muerte, se conceptualiza como aquella situación que permite al juzgador deducir que a partir de la declaración de ausencia y en virtud del cumplimiento del término establecido por la Ley, se puede considerar que al sujeto le ha sobrevenido la muerte, es por esto que se realiza la inscripción de esta, para que surta los efectos jurídicos correspondientes.Trámite (Procedimiento)
1.- El ciudadano presentara su sentencia en original y copia en el Registro Civil.2.- Se realizara la validación con su respectivo acuse en el Registro Civil del Estado de Puebla.
3.- Se compra el formato en Registro Civil del Estado.
4.- Se valida con el contribuyente.
5.- Se le entrega el acta requerida al interesado.
Requisitos
-Sentencia de muerte. Sentencia dictada por un juez donde se declara la presunción de muerte de una persona ausente.-Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente). INE del Promoviente original y copia por ambos lados.
-INE original y copia de Dos testigos. Copia Simple del ausente.
Criterios de resolución
El trámite se llevara a cabo bajo mandato judicial.Plazos de prevención
Inmediato.
En cualquier momento.
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
N/AComentarios u observaciones
La inscripción de la presunción de muerte se llevara a cabo solamente por mandato judicial.Costos
$ 865.00 (Ochocientos sesenta y cinco pesos 00/ }M.N.).Formas de pago
Efectivco.Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
3 días hábilesLugar(es) donde se puede realizar el pago
Ventanilla de Registro Civil.Horarios de atención
Horario Lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horasFundamento jurídico |
|||
---|---|---|---|
Artículo 8° De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos. Código Civil para el Estado Libre Y Soberano de Puebla Artículos 27 y 28. Ley de Ingresos del Estado de Puebla (Vigente). |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx