Reconocimiento de identidad de género autopercibida.
Dirección dependencia (Sujeto Obligado)
Registro CivilHomoclave
DRC-2023-10501-017-ADocumento a obtener
Reconocimiento de identidad de género autopercibida.Vigencia
N/ACaso(s) en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
Cuando el Ciudadano no se identifique con el genero que se le asigno en su registro de nacimiento primario.Descripción
La condición personal e interna, tal y como cada persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario.Trámite (Procedimiento)
1.- El interesado acudirá a las Oficinas de Registro Civil con los documentos requeridos para la verificación de estos.2.- Se hará la revisión de la documentación que cumpla con los lineamientos establecidos.
3.- El solicitante debe ser de nacionalidad mexicana, su acta debe estar subida en el Sistema SIDEA, de no cumplir con estas especificaciones el tramite no se llevara a cabo.
4.- Si cumple con los lineamientos, se genera la orden de cobro y el interesado deberá realizar el pago de los derechos correspondientes.
5.- Se procede a capturar los datos para generar el acta.
6.- Se validan los datos con el usuario.
7.- Se hace la entrega del acta correspondiente al usuario.
Requisitos
1.- Copia fiel del libro del acta primigenia reciente,2.- Comprobante de domicilio
3.- CURP copia Simple del solicitante.
4.- Escrito libre de solicitud, donde se manifieste el nombre completo, los datos registrales asentados en el acta primigenia, así como el nombre a modificar y el género solicitado.
Nota. Para realizar el reconocimiento de identidad de Género Autopercibida, el ciudadano deberá presentar los documentos en original y copia de lunes a viernes, en un horario de 09:00 a 13:00 horas y agendará una cita.
Criterios de resolución
1.El solicitante debe ser de nacionalidad mexicana.2.Consultar que el acta de nacimiento primigenia se encuentre en el sistema de impresión de actas (SIDEA), si no fuese así el Reconocimiento de Identidad Auto percibida no procederá, el usuario tendrá que acudir a la mesa de trámite a realizar la regularización para que sea integrada al sistema.
3. Haber sido inscrito el registro de nacimiento primigenio en cualquier Juzgado de la circunscripción territorial del Estado de Puebla.
4. Tener 18 años cumplidos.
Plazos de prevención
Inmediato
En cualquier momento
¿Requiere inspección?
No aplicaObjetivos de la inspección
N/AComentarios u observaciones
1.- Ser de nacionalidad mexicana.2.- Tener 18 años cumplidos.
3.- Presentarse personalmente ante el Juez del Registro Civil.
4.-Que el acta primigenia se encuentre en el sistema de impresión de actas (SIDEA). 5.- Haber sido inscrito el registro de nacimiento primigenio en cualquier Juzgado de la circunscripción territorial del Estado de Puebla.
Costos
$1,005.00 (Mil cinco pesos 00/100 M.N.)Formas de pago
EfectivoPlazo que tiene el sujeto obligado para resolver (una vez recibida toda la documentación)
1 dia habilLugar(es) donde se puede realizar el pago
Ventanilla de Registro Civil.Horarios de atención
Horario Lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horasFundamento jurídico |
|||
---|---|---|---|
Artículo 8° De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 86 y 875. Código Civil para el Estado Libre Y Soberano de Puebla Artículos 1. Ley de Ingresos del Estado de Puebla 2022 Artículo 60 y 61. Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla |
¿Aplica afirmativa ficta?
NoAnomalías o quejas
Nombre del área: Contraloría MunicipalDomicilio: Edificio José María Morelos y Pavón; Av. Reforma norte no. 614.
Colonia: Buenos Aires
Teléfono: 238 380 3501
Correo electrónico: contraloria@tehuacan.gob.mx